Qué hacer tras un fallecimiento en Florida: guía de primeros pasos en herencias
- Cesar Mejia Duenas
- 30 may
- 4 min de lectura
Perder a un ser querido es de por sí difícil; saber qué hacer en lo legal no debería sumarle más estrés. En esta guía, el abogado César Dueña, de CMD Attorneys (oficinas en Miami y Nueva York), reúne la información básica que toda persona en Florida debería conocer sobre herencias y el proceso de sucesión (probate), para tomar decisiones con calma y bien informada.
Las primeras 72 horas
Lo primero es respirar y mantener la calma. Una vez que sus nervios lo permitan, estos son los pasos prioritarios:
Obtenga el certificado de defunción y pida varias copias. Lo ideal es solicitar entre 8 y 10 copias originales; el costo es muy económico y se necesitan para varios trámites.
Para el proceso de sucesión se usa el certificado en su versión corta (short form), tamaño carta. No incluye la causa de muerte; solo pida la versión larga si la necesita expresamente.
Asegure la vivienda y los bienes, sobre todo si la persona vivía sola.
Notifique al Seguro Social, los bancos y las aseguradoras.
No distribuya nada todavía. Repartir joyas u objetos "porque así se había prometido" es un error frecuente: pueden tener un destino específico en el testamento.
Documentos clave que debe localizar
El testamento (Last Will and Testament): el documento más importante.
Fideicomisos o trusts con reglas de distribución propias.
Pólizas de seguro de vida con beneficiario designado.
Estados de cuenta de bancos y tarjetas.
Escrituras y títulos de propiedades, vehículos o embarcaciones, además de las designaciones de beneficiario.
Dato clave: las cuentas con un beneficiario designado pasan automáticamente a esa persona por operación de ley al momento del fallecimiento, por lo que no forman parte del proceso de sucesión.
¿Cuándo NO se necesita probate?
Cuando los bienes pasan automáticamente a los beneficiarios, por lo general no hay que abrir un caso en la corte. Esto ocurre con:
Joint tenancy with right of survivorship (derecho de sobrevivencia en el título).
Cuentas POD / TOD (pagaderas o transferibles al fallecer).
Pólizas de seguro con beneficiario.
Bienes dentro de un trust debidamente financiado.
Lady Bird Deed, que transfiere la propiedad automáticamente al fallecer el dueño.
Propiedad marital entre cónyuges (tenancy by the entirety).
¿Cuándo SÍ se necesita probate?
Se requiere sucesión, en general, cuando hay bienes solo a nombre del fallecido: cuentas sin beneficiario, inmuebles o vehículos sin cotitular, o deudas pendientes. En esos casos la corte nombra un representante personal que reúne y administra los bienes. También puede requerirse una orden judicial para autorizar la venta de un bien o completar una transacción en curso.
Tipos de sucesión (probate) en Florida
Disposition without administration: masas hereditarias muy pequeñas. Trámite sencillo, rápido y de bajo costo.
Summary administration: bienes no exentos de aproximadamente $75,000 o menos, o más de 2 años desde el fallecimiento. Proceso expedito.
Formal administration: masas grandes, con muchas propiedades, deudas o acreedores. El más complejo.
Ancillary administration: el fallecido no residía en Florida (otro estado u otro país) pero dejó bienes en Florida.
Los más comunes son el summary administration y el formal administration.
¿Qué pasa si hay (o no hay) testamento?
Un mito frecuente es creer que tener testamento evita la corte. No es así. El testamento debe presentarse ante la corte dentro de los 10 días siguientes a conocer el fallecimiento, para ser validado. A esto se le llama sucesión testada.
Cuando no hay testamento, es una sucesión intestada y la ley de Florida decide quién hereda: generalmente el cónyuge sobreviviente, luego los descendientes, y a falta de estos, padres, hermanos y demás familiares, con reglas especiales cuando hay hijos de matrimonios anteriores.
La regla del homestead en Florida
La Constitución de Florida (Artículo X, Sección 4) protege la vivienda familiar. Por un lado, otorga la homestead exemption, que reduce el valor sujeto a impuestos de su residencia principal —si aún no la ha solicitado, hágalo—. Por otro, impone restricciones para proteger a la familia, por ejemplo en cómo puede transferirse esa vivienda al fallecer.
Errores comunes que conviene evitar
Distribuir los bienes antes de terminar el proceso de sucesión.
No depositar el testamento en la corte dentro de los 10 días.
Mezclar fondos propios con los del fallecido en lugar de mantener una cuenta separada.
No notificar correctamente a los acreedores (mientras no se les notifica, no corre su plazo para reclamar).
Asumir que no se necesita probate y traspasar bienes sin asesoría adecuada.
¿Cuánto tarda el proceso?
Disposition without administration: un par de semanas.
Summary administration: normalmente de 2 a 6 meses, según la rapidez para reunir la información.
Formal administration: típicamente de 6 a 12 meses, pero puede extenderse a varios años si existe litigio.
Recuerde además que el plazo para que los acreedores reclamen es de 3 meses desde la publicación del aviso o 30 días desde la notificación directa.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas copias del certificado de defunción debo pedir? Lo ideal es entre 8 y 10 copias originales en la versión corta (short form).
¿Siempre se necesita probate en Florida? No. Si los bienes pasan automáticamente (beneficiario, joint tenancy, POD/TOD, trust financiado, Lady Bird Deed o propiedad marital), por lo general no se abre un caso en la corte.
¿Tener testamento me evita ir a la corte? No. El testamento debe presentarse ante la corte dentro de los 10 días para ser validado.
¿Atienden casos fuera de Miami? CMD Attorneys tiene oficinas en Miami y Nueva York y atiende herencias, sucesiones, planificación patrimonial y litigios en Florida.
¿No sabe por dónde empezar? En CMD Attorneys no cobramos la consulta en casos de herencia. Llámenos al (305) 515-5165 y conversemos sobre su situación.
Aviso legal: Esta publicación tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Leerla no crea una relación abogado–cliente. Cada caso es diferente; consulte con un abogado antes de tomar decisiones. Información presentada en mayo de 2026; las leyes pueden cambiar.




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