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Writer's pictureCesar Duenas

¿Es usted responsable por las deudas de su negocio?

Updated: Aug 1, 2022

Una de las principales ventajas de constituir una sociedad formalmente en el Estado de la Florida, es que los socios generalmente no son responsables por las deudas de la sociedad. Este principio se conoce como responsabilidad limitada. Según el principio de responsabilidad limitada, el socio de una empresa no es responsable por las obligaciones de la sociedad, salvo algunos casos excepcionales que discutiremos enseguida.


¿Qué es una Sociedad?

Las sociedades (Sociedad de Responsabilidad Limitada -Limited Liability Company- o la Sociedad Anónima ­-Corporation-) son definidas como un grupo de personas (o un individuo) quien decide registrar su negocio con el Estado para poder realizar actos de comercio. Si bien es cierto, en Latinoamérica es poco común el uso de sociedades unipersonales (sociedades de un solo miembro), dicha figura es de uso común en Estados Unidos.


Al constituir una sociedad legalmente, se crea una persona jurídica distinta de la de sus miembros. La sociedad puede adquirir propiedades, y es sujeto de derechos y obligaciones. En consecuencia, las obligaciones resultantes de actos de comercio de la empresa son vinculantes para la empresa como persona jurídica, pero no vinculan a sus miembros, salvo que ellos hayan adquirido alguna obligación como aval o garante.


Es por ello que es de suma importancia que su negocio esté constituido como sociedad para evitar que cualquier obligación de su negocio o empresa, pueda afectar su patrimonio personal.


¿Qué es el velo societario?

El velo societario (corporate veil), es la barrera legal que evita que un acreedor de una sociedad, ejecute una obligación de la sociedad en los bienes de sus miembros.


Ejemplo:

Mario Martinez se dedica a la venta de muebles y ha constituido su empresa como “Muebles Inc.” Mario realiza todas sus transacciones comerciales a través de Muebles Inc., mantiene registros contables para la empresa y registra los ingresos y egresos de la empresa en la cuenta bancaria de la empresa.


Mario tiene una casa valorada en $500,000; dos vehículos valorados en $70,000, y joyas valoradas en $30,000.


Muebles Inc., contrató a una Gerente para asistir en el manejo de la empresa prometiendo pagar $5,000 al mes durante un año. Debido a un sin número de razones y a problemas relacionados con proveedores, incremento de costos, y reducción de clientes, Muebles Inc., se no puede continuar pagando el salario del Gerente y la despide. La Gerente presenta una demanda el la corte solicitando el pago de $30,000, el equivalente a seis (6) meses de salario por la terminación anticipada de su contrato de trabajo. Gerente solicita en su demanda, que la Corte determine que Mario Martinez debe pagar con sus bienes en caso que Muebles no tenga bienes suficientes. ¿Es Mario Martinez, como miembro de Mubles Inc. Responsable por las obligaciones contractuales de la Empresa? No. Mario Martinez, no es responsable personalmente por el pago del salario dejado de percibir por la Gerente. La Gerente deberá ejecutar la sentencia de la corte en los bienes de Muebles, Inc., solamente, sin tener acceso a los bienes del socio.


¿En qué casos se puede levantar el velo societario?

Generalmente, un demandante, como la Gerente en el ejemplo anterior puede solicitar a la corte que levante el velo societario (pierce the corporate veil), en situaciones en las que (i) no se han respetado las formalidades societarias, el socio combina sus bienes con los de la sociedad y paga sus deudas personales con bienes de la sociedad, o (ii) la sociedad posee poco capital o sus pólizas de seguro son inadecuadas en relación al ámbito de negocios de la empresa, por ejemplo una sociedad que se dedique al transporte de niños y que no tenga seguro alguno, y que su capital solamente sean $500 dólares. En dicha situación, si hay un accidente por negligencia de la compañía, los demandantes pueden solicitar que se levante el velo societario si la empresa se ha manejado inadecuadamente o tiene una cantidad inadecuada de capital en relación a su línea de negocio.


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